Ayudas a la rehabilitación de viviendas | JBM

Ayudas a la rehabilitación de viviendas

24/11/2023

Seguro que has oído hablar de las ayudas a la rehabilitación de viviendas aprobadas por la Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. Una concesión de subvenciones de los programas de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con fondos Next Generation de la UE cuyo plazo finaliza el 28 de diciembre de este año 2023.

Si te estás planteando hacer mejoras en tu vivienda a nivel de eficiencia energética, modificar o sustituir elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar tu casa a los valores de la medida e calor y permeabilidad del aire, no dudes en tramitar la ayuda a través de procedimiento telemático, ya que puedes obtener hasta 26.750 € para afrontar la inversión de estos cambios en tu casa.

En el caso de las solicitudes provenientes de comunidades de propietarios, será obligatorio realizarlo a través de los gestores y agentes de la rehabilitación.

Estos programas engloban las ayudas a nivel de edificio, ayudas a nivel de vivienda, ayudas a la elaboración del libro de edificio existente para la rehabilitación y redacción de proyectos de rehabilitación.

En concreto, las ayudas a nivel de edificio comprenden la rehabilitación, la complementaria para la retirada de residuos de amianto y la personal y la de la Generalitat por motivos de vulnerabilidad.

Condiciones

Respecto a las condiciones para la concesión de ayudas a nivel de edificio, la orden recoge que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, que se obtenga una reducción de al menos el 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable mediante certificación de eficiencia energética y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios en edificios de residencia colectiva.

Serán subvencionables las obras a ejecutar o ejecutadas siempre que su fecha de finalización sea posterior al 11 de abril de 2022, con la excepción de las ayudas a la elaboración del libro del edificio y redacción de proyectos que indica como condición que los edificios deben estar finalizados antes del año 2000.

El proceso de concesión se rige por el régimen de concurrencia competitiva. El criterio de tramitación de solicitudes será el orden de presentación para cada uno de los tipos de ayudas.

La cuantía máxima de las ayudas, en el caso de las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, se podrán incrementar con la ayuda complementaria-personal por situaciones de vulnerabilidad económica.

Las ayudas serán complementarias con otras subvenciones públicas en caso de no superar el coste total de las actuaciones y de que las regulaciones lo admitan. Concretamente, las ayudas a la mejora de la eficiencia energética son compatibles con las ayudas a las actuaciones a nivel de barrios y las de rehabilitación a nivel de edificios. Sin embargo, las ayudas a la rehabilitación de edificios resultan incompatibles con las europeas a nivel de barrios.

En el caso de las viviendas unifamiliares, podrán solicitar alternativamente pero no ambas las ayudas a la mejora de la eficiencia energética y/o la ayuda a la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica y las ayudas a la rehabilitación del edificio. 



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